Sí hay ayuda legal gratuita en familia. La Defensa Pública del Ministerio de Justicia (centros Alegra y línea 1884) asesora y patrocina gratis a personas sin recursos; el MINJUSDH tiene centros de conciliación gratuitos para alimentos, tenencia y visitas; la DEMUNA concilia esas materias sin costo; y los Centros Emergencia Mujer y Familia dan asesoría legal gratuita si hay violencia. Para demandar alimentos ni siquiera necesitas abogado.
Sí existe ayuda legal gratuita para problemas de familia en Lima, pero no siempre es como la imaginas: tiene requisitos, se concentra en ciertos casos y a veces hay que esperar. Somos un estudio privado y aun así queremos que conozcas todas tus opciones, porque en algunos casos un servicio gratuito es suficiente. Aquí te explicamos cuáles son reales (las verificamos en fuentes oficiales el 26 de octubre de 2026), a quién atienden, cómo se accede y cuándo conviene pagar un abogado privado.
Las opciones gratuitas, de un vistazo
| Opción | Quién la da | Para qué sirve | Quién puede usarla |
|---|---|---|---|
| Defensa pública (centros Alegra) | Ministerio de Justicia (MINJUSDH), en traspaso a la nueva SUNADEP | Asesoría y patrocinio en familia, civil, laboral y penal; defensa de víctimas | Personas sin recursos económicos o en situación de vulnerabilidad |
| Conciliación gratuita | Centros de Conciliación Gratuitos del MINJUSDH | Acuerdos de alimentos, tenencia y visitas sin juicio | Personas de escasos recursos o en situación de vulnerabilidad |
| DEMUNA | La municipalidad de tu distrito | Conciliación en alimentos, tenencia y visitas de niños y adolescentes | Familias con hijos menores de edad |
| Centros Emergencia Mujer y Familia (CEM) | Ministerio de la Mujer, programa Warmi Ñan | Asesoría legal, contención emocional y apoyo social | Víctimas de violencia familiar o sexual |
| Trámites ante el Poder Judicial | Juzgados | Demandar alimentos sin abogado y sin tasas (hasta 20 URP); auxilio judicial | Quien demanda alimentos; quien no puede pagar los gastos de un proceso |
1. Defensa pública del Ministerio de Justicia (centros Alegra)
Es la opción más completa. En los Centros de Asistencia Legal Gratuita (Alegra) de la Defensa Pública puedes recibir asesoría sin costo en materia penal, familiar, civil o laboral si no tienes recursos suficientes. Su servicio de asistencia legal brinda asesoría o patrocinio, es decir, un abogado que lleva tu caso, en derecho civil, de familia, administrativo y laboral. Su servicio de defensa de víctimas atiende, entre otros, a niños, adolescentes, mujeres y familiares agraviados por delitos contra la familia, como la omisión a la asistencia familiar.
¿Quién califica? Según el MINJUSDH, las personas que no cuentan con recursos económicos, las que están desempleadas y sin trabajo conocido y las que ganan menos de una remuneración mínima vital al mes (Ley 29360). Los requisitos son ser mayor de edad, presentar tu DNI y firmar una declaración jurada de que no puedes pagar una defensa particular, que te dan en el mismo centro.
¿Cómo se accede?
- Acércate a un centro Alegra con tu DNI y las pruebas que tengas. Un defensor público te atiende y abre una carpeta con lo que debes hacer y el seguimiento de tu caso.
- Firma la declaración jurada sobre tu situación económica. La entidad la verifica en 20 días hábiles, y mientras tanto continúa con tu defensa.
- Si se comprueba que sí tenías recursos, emite una «Resolución de No Gratuidad» y te recomienda buscar un abogado particular.
También puedes llamar gratis a la línea 1884 para orientación; revisa el horario vigente en gob.pe. Según la página oficial del MINJUSDH, actualizada el 16 de abril de 2026, la Defensa Pública tiene 37 centros Alegra y 9 Mega Alegra en el país; sus direcciones están en el directorio publicado en gob.pe. Además, en un proceso de alimentos el juez puede pedir la asistencia de un defensor público cuando lo requiera quien demanda (Código de los Niños y Adolescentes, art. 167-A).
Un cambio en curso: el Decreto Legislativo 1703 (El Peruano, 24 de enero de 2026) creó la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (SUNADEP), que absorberá a la Dirección General de Defensa Pública del MINJUSDH. El 17 de octubre de 2026 se publicó la primera parte de su reglamento de organización (D.S. 015-2026-JUS), y la norma autoriza al Ministerio a tomar las medidas necesarias para que el servicio no se interrumpa durante el traspaso. Es posible que en los próximos meses cambien nombres y canales de atención: confírmalos en gob.pe antes de ir.
2. Conciliación gratuita del Ministerio de Justicia
Si el otro padre o madre está dispuesto a dialogar, una conciliación extrajudicial puede fijar la pensión, la tenencia o las visitas sin juicio. El MINJUSDH ofrece este servicio gratis, de forma presencial o por medios electrónicos, en sus Centros de Conciliación Gratuitos, pensados para la población de escasos recursos o en situación de vulnerabilidad. Para pedirla, por lo general necesitas la solicitud, tu documento de identidad, la partida de nacimiento de tu hijo o el acta de matrimonio y los documentos relacionados con el conflicto.
Ten en cuenta tres cosas:
- En familia, conciliar es voluntario: no es requisito para demandar alimentos, tenencia ni visitas (Ley 29876).
- El acta con acuerdo es título ejecutivo: si no se cumple, se cobra ante el juez (Ley 26872, art. 18).
- La violencia familiar no se concilia (Ley 26872, art. 7-A).
Los centros de conciliación privados cobran según un tarifario aprobado por el MINJUSDH, y solo valen las actas de centros autorizados por el Ministerio, que publica un directorio de centros públicos y privados. Nosotros no conducimos audiencias ni emitimos actas: te asesoramos antes y durante la conciliación para que el acuerdo sea claro y se pueda cumplir. Mira cómo trabajamos en asesoría en conciliación de alimentos, tenencia y visitas.
3. DEMUNA de tu municipalidad
La Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente (DEMUNA) funciona en las municipalidades y su servicio es gratuito: su reglamento prohíbe pedir a los usuarios cualquier pago (D.S. 003-2023-MIMP). Solo concilia en tres materias a favor de niños y adolescentes: alimentos, tenencia y régimen de visitas. Sus actas son título ejecutivo, siempre que esas materias no hayan sido resueltas antes por un juez (Código de los Niños y Adolescentes, art. 45).
- Para conciliar alimentos no se exige el reconocimiento previo del embarazo ni del hijo.
- Para conciliar la tenencia, quien la pide debe haber reconocido a su hijo y estar cumpliendo con los alimentos.
- Los defensores de la DEMUNA también pueden ejercer la representación procesal en procesos de alimentos y de filiación.
4. Centros Emergencia Mujer y Familia (si hay violencia)
Si hay violencia, lo primero es tu seguridad. Los Centros Emergencia Mujer y Familia (CEM) del Ministerio de la Mujer son servicios públicos y gratuitos que dan asesoría legal, contención emocional y apoyo social a víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Los que funcionan en comisarías atienden las 24 horas, todos los días. También puedes llamar gratis a la Línea 100, las 24 horas, desde un fijo o un celular, o escribir al Chat 100.
Desde el D. Leg. 1703, la ley dice que la defensa de las víctimas la prestan el Ministerio de la Mujer y, de forma complementaria, la SUNADEP (Ley 30364, art. 10). Si además necesitas un abogado para las medidas de protección o el proceso, revisa nuestra página de violencia familiar.
5. Lo que puedes hacer tú mismo ante el Poder Judicial
- Demandar alimentos sin abogado. En los procesos de alimentos no se exige abogado (Código de los Niños y Adolescentes, art. 164) y el Poder Judicial ofrece un formulario de demanda. Si la pensión que pides no pasa de 20 URP, no pagas tasas judiciales (Código Procesal Civil, art. 562). Te explicamos cómo prepararla en demanda de alimentos en el Perú.
- Pedir auxilio judicial. Si pagar los gastos de un proceso pone en peligro tu subsistencia o la de quienes dependen de ti, puedes pedir auxilio judicial. La solicitud tiene carácter de declaración jurada, se aprueba de forma automática si cumples los requisitos y te exonera de todos los gastos del proceso. El juez puede designar como tu apoderado al abogado que propongas o a uno de la lista del Colegio de Abogados; sus honorarios los fija el juez y los paga la otra parte si pierde o, si pierdes tú, el Colegio (Código Procesal Civil, arts. 179 a 183).
- Defensor gratuito si te denuncian. En un proceso penal, por ejemplo por omisión a la asistencia familiar, el Estado debe darte un defensor gratuito si por tus escasos recursos no puedes elegir uno (Código Procesal Penal, art. 80).
6. Consultorios jurídicos de universidades y colegios de abogados
Algunas facultades de Derecho y algunos colegios de abogados tienen consultorios jurídicos gratuitos. Pueden ayudarte a entender tu caso, pero sus horarios, sedes y materias cambian, y no todos llevan procesos completos: confirma en su página oficial antes de ir. El reglamento de la ley de violencia familiar prevé además que el Ministerio de la Mujer y la SUNADEP promuevan convenios con los colegios de abogados para dar asistencia jurídica gratuita, con prioridad en los casos de violencia (D.S. 009-2016-MIMP, art. 73).
¿Y las respuestas de una inteligencia artificial o de un grupo en redes sociales? Pueden orientarte, pero no revisan tus documentos, no conocen tu expediente ni te representan ante el juez. Contrasta siempre lo que te digan con la norma o con un abogado.
Cuándo conviene un abogado privado
Elegir un servicio gratuito no es una mala decisión. Pero hay situaciones en las que suele convenir contratar a un abogado privado:
- No calificas para la defensa pública porque tus ingresos superan el límite, o el servicio no puede asumir tu caso.
- Tu trámite exige firma de abogado. Salvo en alimentos y en la declaración judicial de paternidad, la demanda debe llevar firma de abogado (Código Procesal Civil, art. 424, inciso 10). Lo mismo pasa con la solicitud de sucesión intestada en una notaría (Ley 26662, art. 14).
- Hay varios procesos a la vez, por ejemplo alimentos, tenencia y violencia, o un divorcio con bienes y deudas, y necesitas una estrategia que los conecte.
- La otra parte tiene abogado, ingresos difíciles de probar (negocio propio, trabajo informal) o bienes en varias ciudades.
- Vives fuera de Lima o en el extranjero y necesitas que alguien avance el trámite a distancia. Para esos casos tenemos consulta online con abogado de familia.
- Necesitas rapidez y seguimiento: alguien que responda tus dudas, revise cada notificación y no deje vencer los plazos.
Qué preguntarle a un abogado privado antes de contratarlo
- ¿Cuál es tu número de colegiatura? Verifica que esté habilitado en su colegio de abogados. También puedes revisar gratis el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional, a cargo del MINJUSDH (D. Leg. 1265).
- ¿Qué vía me recomiendas y por qué? Pide que te explique las alternativas (conciliación, notaría, municipalidad o juzgado), no solo la que te ofrece.
- ¿Qué plazos fija la ley y qué puede alargarlos? Desconfía de quien te asegura una fecha exacta.
- ¿Cuánto cobras y qué incluye? Pide el presupuesto por escrito y pregunta si incluye audiencias, apelación, liquidación de pensiones y gastos de terceros como tasas, notaría o copias. En cuánto cobra un abogado de familia en Lima te explicamos de qué depende el costo.
- ¿Quién llevará mi caso y cómo me informarás? Pregunta por el canal y la frecuencia de los avisos.
- ¿Me aseguras el resultado? Si la respuesta es «sí», es una mala señal: ningún abogado puede asegurar lo que decidirá un juez.
- Si te ofrecen conciliar en su propio local, comprueba que sea un centro autorizado por el MINJUSDH: las actas de centros no autorizados no tienen eficacia jurídica.
Cómo te ayudamos
Somos un estudio privado de abogados de familia en Lima. Si lo que necesitas es orientación y calificas para un servicio gratuito, úsalo: esta guía es para que no pierdas tiempo. Si tu caso necesita un abogado que lo lleve de principio a fin, revisamos tus documentos, te explicamos la vía y los plazos y te enviamos una cotización, porque el costo de nuestra asesoría depende del caso. Atendemos en Lima y en línea en todo el Perú. Escríbenos por WhatsApp al 929 647 335.
Fuentes consultadas
- Obtener asesoría legal gratis en los centros Alegra (gob.pe, MINJUSDH) — Requisitos, pasos, verificación en 20 días hábiles y línea gratuita 1884
- Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (gob.pe, actualizado el 16-04-2026) — Quiénes califican según la Ley 29360 y número de centros Alegra
- Dirección de Conciliación Extrajudicial del MINJUSDH (gob.pe, actualizado el 03-09-2026) — Conciliación gratuita, presencial o virtual, en los Centros de Conciliación Gratuitos
- Decreto Legislativo 1703 (El Peruano, 24-01-2026) — Crea la SUNADEP y dispone la fusión de la defensa pública del MINJUSDH; modifica el art. 10 de la Ley 30364
- D.S. 003-2023-MIMP, reglamento de las DEMUNA (El Peruano, 01-03-2023) — Gratuidad del servicio y conciliación en alimentos, tenencia y visitas
- Servicios de Warmi Ñan para casos de violencia (gob.pe, actualizado el 24-06-2026) — Centros Emergencia Mujer y Familia, Línea 100 y Chat 100
Esta guía es informativa y se basa en las normas vigentes a la fecha de su actualización. Cada caso es distinto: para decidir qué hacer, consulta con un abogado. Ver el servicio de abogado de familia online.




